Derecho Familiar · Ciudad de México · 2026
Reconocimiento de Paternidad en CDMX: Voluntario, Demanda y Prueba de ADN
Establece la filiación de tus hijos: te explicamos la vía voluntaria y la demanda con prueba de ADN, y qué derechos nacen — con orientación gratis.
¿Cómo se reconoce la paternidad en CDMX? El reconocimiento de paternidad establece legalmente la filiación entre el padre y su hijo o hija. Hay dos vías: el reconocimiento voluntario ante el Registro Civil de la Ciudad de México (cuando el padre acepta), o el juicio de reconocimiento o investigación de paternidad ante los Juzgados de lo Familiar del TSJCDMX (cuando el padre se niega o lo desconoce). En el juicio, la prueba pericial en genética (ADN) es la prueba central; la negativa injustificada a practicársela puede generar la presunción de la paternidad. Al quedar acreditada, nacen los derechos del menor: apellidos, pensión alimenticia y herencia. Estos criterios se rigen por el Código Civil para la Ciudad de México y se tramitan conforme al CNPCF, vigente en la CDMX desde el 1 de junio de 2026.
Datos clave
Si el presunto padre se niega injustificadamente a la prueba de ADN ordenada por el juez, esa negativa puede operar como presunción de la paternidad, valorada junto con las demás pruebas.
¿Qué es el reconocimiento de paternidad?
Es el acto por el que queda establecida legalmente la filiación entre un padre y su hijo o hija. Con él nacen los derechos y obligaciones de la relación paterno-filial: los apellidos, la pensión alimenticia y los derechos sucesorios. Puede ser voluntario, cuando el padre lo acepta ante el Registro Civil, o judicial, cuando hay que acreditarlo en un juicio ante un Juzgado de lo Familiar de la CDMX.
Voluntario vs judicial
| Aspecto | Reconocimiento voluntario | Juicio de reconocimiento |
|---|---|---|
| Cómo se hace | Comparecencia del padre ante el Registro Civil | Demanda ante un Juzgado de lo Familiar de la CDMX |
| Cuándo aplica | El padre acepta reconocer al hijo | El padre se niega o lo desconoce |
| Prueba de ADN | No es necesaria | Prueba pericial en genética, central en el juicio |
| Resultado | Registro o anotación inmediata de la filiación | Sentencia que ordena el reconocimiento y la corrección del acta |
La vía y el resultado dependen de cada caso; esta tabla es una guía general de referencia.
La prueba de ADN
En el juicio de investigación de paternidad la prueba pericial en genética (ADN) es la prueba central: compara el material genético del menor y del presunto padre para acreditar el vínculo biológico. El juez puede ordenarla y, si la persona se niega injustificadamente a practicársela, esa negativa puede generar la presunción de la paternidad, que se valora junto con las demás pruebas del expediente.
Efectos: apellidos, pensión y herencia
- Apellidos del padre en el acta de nacimiento
- Derecho a pensión alimenticia
- Derechos sucesorios (heredar como hijo)
- Deberes de cuidado y convivencia
- Patria potestad compartida, según el caso
- Identidad y filiación legalmente establecidas
¿Quién y cuándo puede demandar?
- 1 Reúne indicios
Documentos, mensajes, fotos y testigos que muestren la relación con el presunto padre.
- 2 Presenta la demanda
De reconocimiento o investigación de paternidad ante un Juzgado de lo Familiar de la CDMX.
- 3 Prueba pericial en genética
El juez puede ordenar la prueba de ADN; la negativa injustificada genera presunción.
- 4 Sentencia y corrección
Si se acredita, se ordena el reconocimiento y se corrige el acta; nacen pensión y herencia.
La acción la puede promover la madre, el propio hijo (por sí o por su representante) y, según el caso, el Ministerio Público o el tutor. El derecho del hijo a investigar su filiación está especialmente protegido; conviene revisar tu caso para confirmar la vía y los plazos.
Qué hace un abogado de lo familiar
Un abogado de derecho familiar valora tu caso, te dice si conviene la vía voluntaria o la demanda, reúne las pruebas, presenta el juicio ante el Juzgado de lo Familiar, solicita la prueba de ADN y, obtenida la sentencia, gestiona la corrección del acta y los derechos derivados (pensión y herencia).
Preguntas frecuentes
¿Qué es el reconocimiento de paternidad?
Es el acto, voluntario o judicial, por el que queda establecida legalmente la filiación entre un padre y su hijo o hija. Con él nacen los derechos y obligaciones de la relación paterno-filial: apellidos, pensión alimenticia y derechos sucesorios.
¿Cómo se reconoce a un hijo de forma voluntaria?
El padre acude al Registro Civil de la Ciudad de México y reconoce al hijo o hija, ya sea al registrar el nacimiento o mediante un reconocimiento posterior. Es la vía más rápida y no requiere juicio.
¿Qué pasa si el padre se niega a reconocer al hijo?
Se promueve un juicio de reconocimiento (investigación de paternidad) ante un Juzgado de lo Familiar de la CDMX. El juez puede ordenar la prueba pericial en genética (ADN) para acreditar el vínculo biológico.
¿La prueba de ADN es obligatoria?
El juez puede ordenarla como prueba central del juicio. Si la persona demandada se niega injustificadamente a practicársela, esa negativa puede generar la presunción de la paternidad, valorada junto con las demás pruebas.
¿Qué derechos obtiene el hijo al ser reconocido?
Llevar los apellidos del padre, recibir pensión alimenticia y heredar como hijo. También se establecen los deberes de cuidado y, en su caso, convivencia.
¿Quién puede demandar el reconocimiento de paternidad?
Lo puede promover la madre, el propio hijo (por sí o por quien lo represente) y, según el caso, el Ministerio Público o el tutor. El hijo conserva el derecho a investigar su filiación.
¿La acción para reconocer la paternidad prescribe?
El derecho del hijo a indagar su filiación es de los más protegidos por la ley. Por la importancia del interés del menor conviene revisar tu caso concreto con un abogado para confirmar plazos y la vía idónea.
¿La orientación tiene costo?
No. Puedes resolver tus dudas gratis con el asistente legal de IA o por WhatsApp, las 24 horas.
Guías relacionadas
Resuelve tu caso de paternidad gratis ahora
Cuéntale tu situación al asistente legal de IA o escríbenos por WhatsApp: te orientamos sobre la vía voluntaria, la demanda, la prueba de ADN y los derechos del menor, sin costo y las 24 horas.