Derecho Familiar · Ciudad de México · 2026
Pensión Compensatoria en CDMX (para el Cónyuge)
Si te dedicaste al hogar y al cuidado de la familia y el divorcio te dejó en desventaja económica, puedes tener derecho a una pensión compensatoria — con orientación gratis, sin que pagues una consulta.
¿Qué es la pensión compensatoria en CDMX? Es una compensación económica para el cónyuge que durante el matrimonio se dedicó principalmente al hogar o al cuidado de los hijos y, por esa dedicación, quedó en desventaja económica al divorciarse. Se reclama dentro del juicio de divorcio y la resuelve el Juez de lo Familiar del TSJCDMX, que valora la duración del matrimonio, la dedicación al hogar, la edad, la salud y las posibilidades de empleo. No es la misma pensión que reciben los hijos: son derechos distintos que pueden coexistir.
La pensión compensatoria es neutra: la puede pedir cualquiera de los cónyuges que se haya dedicado al hogar, sea hombre o mujer.
Esta guía forma parte de nuestra guía completa de pensión alimenticia en CDMX (montos, cómo calcularla y a qué juzgado acudir).
Datos clave
¿Quién tiene derecho a la pensión compensatoria?
- 1 Dedicación al hogar
El cónyuge se ocupó principalmente del trabajo del hogar o del cuidado de los hijos durante el matrimonio.
- 2 Desventaja económica
Esa dedicación le impidió desarrollarse profesional o económicamente como el otro cónyuge.
- 3 Disolución del vínculo
Se reclama al tramitarse el divorcio, dentro de la propuesta de convenio.
- 4 Valoración del juez
El Juez de lo Familiar pondera la duración del matrimonio, la edad, la salud y las posibilidades de empleo.
¿En qué se diferencia de la pensión para los hijos?
| Aspecto | Pensión para los hijos | Pensión compensatoria |
|---|---|---|
| ¿A quién protege? | A los hijos (su manutención). | Al cónyuge que se dedicó al hogar. |
| ¿Para qué sirve? | Cubrir alimentos, salud, educación y vivienda de los hijos. | Reparar la desventaja económica tras el divorcio. |
| ¿De qué depende? | De las necesidades del menor y la capacidad de quien paga. | De la dedicación al hogar y la situación de cada cónyuge. |
| ¿Cuándo termina? | Por regla, cuando el hijo deja de necesitarla. | Puede ser temporal o indefinida, y revisable. |
¿Buscas la pensión de los hijos? Revisa cómo se calcula la pensión alimenticia y, si no te pagan, qué pasa con el incumplimiento.
¿Qué valora el juez para concederla?
- Duración del matrimonio
- Dedicación al hogar y a los hijos
- Edad y estado de salud del cónyuge
- Preparación y posibilidad de acceder a un empleo
- Situación económica de ambos
- Aportaciones de cada uno durante el matrimonio
¿Ante qué juzgado se reclama?
La pensión compensatoria se plantea dentro del juicio de divorcio ante los Juzgados de lo Familiar del TSJCDMX, conforme al Código Civil para la Ciudad de México; en CDMX están centralizados (alcaldía Cuauhtémoc):
- Oralidad familiar (lo vigente con el CNPCF): Av. Niños Héroes 119, Col. Doctores.
- Proceso escrito (asuntos previos): Av. Juárez 8, Col. Centro.
Para confirmar a qué juzgado te turnan: LOCATEL 55 5658 1111.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la pensión compensatoria?
Es una compensación económica para el cónyuge que durante el matrimonio se dedicó principalmente al hogar o al cuidado de los hijos y, por ello, quedó en desventaja económica frente al otro al disolverse el matrimonio.
¿Es lo mismo que la pensión alimenticia para los hijos?
No. La pensión para los hijos cubre la manutención de los menores. La pensión compensatoria es para el cónyuge que se quedó en desventaja económica tras el divorcio; son derechos distintos y pueden coexistir.
¿Quién tiene derecho a la pensión compensatoria?
El cónyuge que se dedicó preponderantemente al trabajo del hogar o al cuidado de la familia y que, por esa dedicación, no pudo desarrollarse profesional o económicamente en la misma medida que el otro.
¿Cuándo se reclama?
Se plantea dentro del juicio de divorcio, en la propuesta de convenio. Si las partes no se ponen de acuerdo, el Juez de lo Familiar resuelve si procede y en qué medida.
¿Qué valora el juez para concederla?
Entre otros factores: la duración del matrimonio, la dedicación al hogar y a los hijos, la edad y el estado de salud del cónyuge, su preparación y posibilidades de acceder a un empleo, y la situación económica de ambos.
¿Solo la pueden pedir las mujeres?
No. La figura es neutra: la puede reclamar cualquiera de los cónyuges que se haya dedicado al hogar y al cuidado de la familia, sea hombre o mujer.
¿La pensión compensatoria es para siempre?
No necesariamente. El juez puede fijarla por un tiempo determinado o de forma indefinida según el caso, y puede revisarse si cambian las circunstancias de quien la recibe o de quien la paga.
¿Necesito abogado para reclamarla?
Conviene. Acreditar la dedicación al hogar y la desventaja económica requiere plantear bien la propuesta de convenio y las pruebas; un abogado familiar te orienta sin costo en la primera consulta.
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