Derecho Familiar · Ciudad de México · 2026
Pensión Alimenticia Retroactiva en CDMX
Te explicamos desde cuándo se cuenta y cómo cobrar el adeudo acumulado — con orientación gratis, sin que pagues una consulta.
¿Se puede reclamar la pensión alimenticia de forma retroactiva en CDMX? Sí. Por regla general, la pensión se genera desde la presentación de la demanda: el juez fija desde cuándo se debe y el adeudo acumulado puede exigirse. Las mensualidades no pagadas se convierten en una deuda que se cobra dentro del mismo juicio (incluso con descuento vía nómina o embargo). Conserva pruebas del parentesco y de los pagos o de su falta.
Esta guía forma parte de nuestra guía completa de pensión alimenticia en CDMX (montos, cómo demandar y a qué juzgado acudir).
Datos clave
Desde cuándo se cuenta la pensión
- 1 Punto de partida: la demanda
Como regla general, la pensión se genera desde que se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Familiar.
- 2 El juez fija la fecha
En la resolución, el juez determina desde cuándo se debe la pensión; a partir de ahí corre el adeudo.
- 3 Pensión provisional
Desde el inicio del juicio puede fijarse una pensión provisional; lo que no se cubra se va acumulando.
- 4 Adeudo acumulado
Las mensualidades vencidas y no pagadas forman una deuda exigible dentro del propio juicio.
La pensión se genera desde la presentación de la demanda; el juez fija la fecha y desde ahí corre el adeudo.
Cómo se cobra el adeudo acumulado
- 1 Cuantificar el adeudo
Se suman las mensualidades vencidas y no pagadas desde la fecha que fijó el juez.
- 2 Requerir el pago
El juzgado requiere al deudor para que cubra el adeudo y la pensión corriente.
- 3 Garantía y embargo
Si no paga, pueden trabarse embargo y aplicarse garantías sobre bienes o salario.
- 4 Descuento vía nómina
La pensión y parte del adeudo pueden descontarse directamente del salario del deudor.
Si quien debe pagar no cumple, hay consecuencias legales adicionales: revisa qué pasa si no pagan la pensión.
Qué pruebas ayudan a reclamarla
- Acta de nacimiento (parentesco)
- Resolución o convenio que fijó la pensión
- Estados de cuenta y recibos
- Comprobantes de los pagos hechos (o su ausencia)
- Mensajes y requerimientos de cobro
- Comprobantes de ingresos del deudor
A qué juzgado acudir
El reclamo se tramita ante un Juzgado de lo Familiar; en CDMX están centralizados (alcaldía Cuauhtémoc):
- Oralidad familiar (lo vigente con el CNPCF): Av. Niños Héroes 119, Col. Doctores.
- Proceso escrito (asuntos previos): Av. Juárez 8, Col. Centro.
Para confirmar a qué juzgado te turnan: LOCATEL 55 5658 1111.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se debe la pensión alimenticia?
Por regla general, desde la presentación de la demanda ante el Juzgado de lo Familiar; el juez fija la fecha exacta en su resolución.
¿Puedo cobrar la pensión que no me pagaron antes?
El adeudo acumulado desde la fecha que fija el juez sí puede exigirse dentro del mismo juicio, junto con la pensión corriente.
¿Hay un plazo para reclamar el adeudo?
Sí existen plazos legales para exigir las mensualidades vencidas. Conviene actuar pronto y consultar a un abogado para revisar el plazo aplicable a tu caso.
¿Cómo se cobra el adeudo si la otra parte no paga?
Mediante requerimiento judicial, descuento vía nómina, garantías y, en su caso, embargo de bienes o salario hasta cubrir lo adeudado.
¿Qué pruebas ayudan a reclamar la pensión retroactiva?
El acta de nacimiento (parentesco), la resolución o convenio que fijó la pensión y los comprobantes de los pagos hechos o de su falta fortalecen el reclamo.
¿La pensión provisional cuenta para el adeudo?
Sí. Desde el inicio del juicio el juez puede fijar una pensión provisional; lo que no se cubra se acumula como adeudo exigible.
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